PERSONAS MORALES

Son entes creados por el derecho que se unen para la realización de un fin colectivo, usualmente comercial.

Régimen General. Bajo este esquema tributan todas las personas morales que tengan actividad empresarial y con fines de lucro.

OBLIGACIONES

  • Presenta tu declaración anual.
  • Presenta tus declaraciones provisionales.
  • Inscríbete y obtén tu Registro Federal de Contribuyentes.
  • Presenta la información relacionada con tu Contabilidad Electrónica.
  • Presenta la información del IVA, de las operaciones realizadas con tus proveedores.
  • Presenta la declaración y el pago provisional de las retenciones de impuesto realizadas a tus trabajadores.
  • Expide factura electrónica cada vez que vendas algo, o realiza una factura global por las ventas que realices al público en general.
  • Cuando cambies de domicilio, de actividad o requieras modificar la información registrada en el Registro Federal de Contribuyentes, actualiza tus datos desde el Portal del SAT.

En caso de que cumplas con las obligaciones fiscales por cuenta de tus integrantes debes presentar por cada uno de ellos:

  • Las declaraciones provisionales y la declaración anual.
  • Llevar un registro por separado de los ingresos, gastos e inversiones, así como de las operaciones que realices por cuenta de cada uno.
  • Emitir y recabar la documentación comprobatoria de los ingresos y egresos de las operaciones que realices por cuenta de cada uno.

PERSONAS MORALES SIN FINES DE LUCRO

Si realizas actividades de asistencia, de servicios, enseñanza, investigación, administración, entre otras, sin  perseguir un fin lucrativo, eres una persona moral con fines no lucrativos.

Ejemplos:

  • Cámaras.
  • Donatarias.
  • Sindicatos.
  • Asociaciones Religiosas.
  • Sociedades cooperativas.
  • Colegios de profesionales.
  • Asociaciones y sociedades civiles.
  • Los partidos y asociaciones políticas, legalmente reconocidos.
  • Sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro.
  • La Federación, las entidades federativas, los municipios y  organismos descentralizados.

En este supuesto, no eres sujeto del Impuesto sobre la Renta, salvo que percibas ingresos por enajenar tus bienes, por recibir intereses, premios o cuando determines o tengas conceptos asimilados a remanente distribuible (diferencia que resulta al restar de tus ingresos las deducciones autorizadas, siempre que tus ingresos sean mayores.)